Más allá del eminente espíritu populista del decreto y de entrar analizar y preguntarnos cuál es el razonamiento lógico que fundamenta que la pérdida de un día laboral contribuye a la reactivación económica, vale decir que en nuestro país se encuentra vigente la Ley Nº 1723 / AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO A TRASLADAR LOS FERIADOS NACIONALES AL DIA LUNES.
El decreto N° 6979 del Ejecutivo, fue firmado el día de hoy e invoca dicha normativa.
¡Pero! La misma, establece en su artículo 3º: “El Decreto que establezca el calendario anual de feriados nacionales deberá fijarse con seis meses de antelación al año para el cual debe regir”.
Lo dijimos días atrás y lo reiteramos. Es lo único que juran: “cumplir y hacer cumplir la ley.”
El presidente se ampara en una ley, que en realidad ha violado.