La jueza Rossana Carvallo declaró extinguida la acción penal contra el diputado, luego de homologar el acuerdo de reparación económica por el accidente de tránsito que causó la muerte de Emilio Benítez Chaparro, en mayo pasado.
El diputado nacional Mauricio Espínola obtuvo el sobreseimiento definitivo en la causa por homicidio culposo que enfrentaba tras el accidente de tránsito en el que falleció el motociclista Emilio Benítez Chaparro. La decisión judicial se produjo este viernes 16 de octubre, luego de que la magistrada Rossana Carvallo homologara el acuerdo de reparación económica alcanzado con la familia de la víctima.
La resolución, correspondiente al Auto Interlocutorio A.I. N.º 1294, declaró extinguida la acción penal y dispuso el cierre definitivo del proceso contra el legislador. El acuerdo contempló una indemnización de G. 80 millones para Viviana Elizabeth Bordón Chávez, viuda de Benítez Chaparro, quien compareció ante el juzgado en representación propia y de su hijo menor de edad.
Además del resarcimiento económico, Espínola asumió los gastos médicos y hospitalarios, así como los correspondientes al velatorio y sepelio. También se consignó un aporte adicional de G. 10 millones destinado a Eulalia Benítez, hermana del fallecido, según los antecedentes difundidos sobre el acuerdo.
Durante la audiencia, la viuda manifestó su conformidad con el arreglo y expresó su intención de dar por concluido el proceso para concentrarse en la crianza de su hijo. La solicitud de homologación fue impulsada por la fiscala Mercedes Vera Monges y la defensa del diputado, ejercida por la abogada Cecilia Pérez.
El caso se originó el 16 de mayo de 2026, cuando una camioneta Toyota Fortuner conducida por Espínola colisionó con la motocicleta Kenton GTR 150 guiada por Benítez Chaparro, en la intersección de la avenida Kubitschek y la calle Cerro Corá, en Asunción. El motociclista sufrió lesiones graves y fue trasladado al Hospital del Trauma, donde permaneció internado hasta su fallecimiento, ocurrido el 27 de mayo.
Tras confirmarse la muerte, el Ministerio Público modificó la calificación inicial del caso e imputó al parlamentario por homicidio culposo. El proceso avanzó posteriormente con el levantamiento de los fueros parlamentarios para que pudiera responder ante la Justicia.
Para resolver la causa, la magistrada aplicó el artículo 25, numeral 10, del Código Procesal Penal, que contempla la extinción de la acción penal en determinados hechos punibles culposos cuando se cumplen los requisitos legales para la reparación integral del daño. Con la homologación del acuerdo, también se dispuso el levantamiento de las medidas cautelares que pesaban sobre el legislador.
De esta manera, el proceso penal contra Espínola concluye mediante una salida legal basada en la reparación económica y la extinción de la acción penal, sin que se llegue a una sentencia condenatoria sobre el fondo de la acusación por homicidio culposo.



