miércoles, 08 mayo, 2024

Nepotismo cruzado: hecha la ley, hecha la trampa

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Por José Maria Quevedo

Dejémoslo claro desde un principio: la Ley 5295 que prohíbe el nepotismo en la función pública no le impide a Raúl Latorre nombrar a la hija de Pedro Alliana como coordinadora de liquidación de personal de la Cámara Baja ¿Por qué? Simple; no tiene con ella un parentesco comprendido hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad y hasta donde sabemos, no es ni su cónyugue ni su concubina. Es más, según esta misma ley la única diputada que estaría impedida de contratar a Monserrat Alliana sería la diputada Fabiana Souto; pareja de su papá (Montse es hija de la primera pareja del vice, Nélida Encina).

Tal como está redactada, la ley contra el nepotismo no solo no impide que los parlamentarios coloquen a su parentela en el Estado sino que que promueve que lo que voy a llamar ”nepotismo cruzado” (“yo nombro a tus parientes y vos a los míos”).

Para ser más precisos; mientras el “nepobabie” no haya sido nombrado en el cargo por su papi, su mami, su tío o su “sugar dady”, no incumple ninguna ley por lo que puede seguir cobrando su suculento salario sin ningún problema.

Este intercambio de favores entre parlamentarios genera una interdependencia que consolida un sistema de casta político/familiar que abusa del poder adquirido.

Si el objetivo es que los hijos/as, esposas, amantes, tíos y sobrinos de parlamentarios no accedan a cargos públicos lo que se necesita es una nueva ley que impida el “Nepostismo Cruzado” y le ponga fin a esta fiesta familiar que sueñe durar cinco años y muchas veces, se prolonga.

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