lunes, 13 mayo, 2024

Cámara de Apelación en lo Civil: «No es posible una inscripción que induzca a confusión sobre el sexo»

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La Cámara de Apelación en lo Civil revocó la sentencia de la jueza Karen González por la cual autorizó el cambio de nombre de Emanuel Sepúlveda por Mariana Sepúlveda. El camarista Giuseppe Fossati, argumentó que la ley prohíbe la inscripción de nombres que puedan inducir al error sobre el sexo de la persona.

«Una resolución judicial no puede ordenar una inscripción que contraríe la norma. Las inscripciones no autorizadas por la ley no están admitidas. No es posible una inscripción que induzca a confusión sobre el sexo», dice fallo de la Cámara de Apelación Civil.

En su voto, el camarista sostuvo el ejercicio más elemental de interpretación sistemática evidencia que la inscripción en el Registro del Estado Civil, que se ordene por resolución judicial, debe tener la forma prevista por ley; o lo que es lo mismo, la resolución judicial no puede ordenar una inscripción que contraríe las disposiciones de la Ley N° 1266/1987, ya que a tenor del art. 34 del mencionado cuerpo legal, las inscripciones no autorizadas por la ley no están admitidas, de donde surge que no es posible una inscripción que induzca a confusión sobre el sexo, ya que esta eventualidad está expresamente prohibida por el art. 56 de la Ley N° 1266/1987.

Con información de El Observador

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