lunes, 23 diciembre, 2024

Primer «Escritoriazo» en la Libertadores 2019

El equipo uruguayo reclamó la mala inclusión del ex Boca Sebastián Pérez y el Tribunal de Disciplina de la Conmebol le dio el partido por ganado (3-0) ante el Barcelona.

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La edición 2019 de la Copa Libertadores ya comenzó con su primera polémica del año luego de que el Tribunal de Disciplina de la Conmebol le diera por ganado (3-0) el partido de ida de la fase previa a Defensor Sporting sobre Barcelona de Ecuador por la mala inclusión de Sebastián Pérez.

Tras la derrota en Montevideo por 2-1 la semana anterior, el club uruguayo presentó el reclamo porque Pérez, mediocampista colombiano que jugó en Boca en la pasada temporada, no estaba habilitado para el torneo.

El colombiano fue titular y reemplazado por Matías Oyola a los 23 minutos del complemento.

De esta manera, Defensor jugará la revancha en Guayaquil para esta noche (20.30 horas) con una diferencia de 3-0. El ganador de esta llave avanzará a la fase de grupos de la Libertadores.

El fallo completo del Tribunal de Disciplina de la Conmebol:

1. HACER LUGAR al reclamo presentado por Defensor Sporting Club en fecha 07 de febrero de 2019, en relación a la alineación indebida del jugador SEBASTIAN PEREZ CARDONA del Barcelona Sporting Club en el partido disputado el 06 de febrero de 2019, entre los equipos Defensor Sporting Club vs. Barcelona Sporting Club, correspondiente a la Fase 2 (Partido Ida) de la CONMEBOL Libertadores 2019.

2. DECLARAR como perdedor al Barcelona Sporting Club del partido disputado en fecha 06 de febrero de 2019, entre los equipos Defensor Sporting Club vs. Barcelona Sporting Club, correspondiente al partido de ida de la Fase 2 de la CONMEBOL Libertadores 2019 y, en consecuencia:

3. DETERMINAR el resultado de 3 – 0 a favor del Defensor Sporting Club de conformidad con el artículo 19.1º del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL.

4. COMUNICAR, al Defensor Sporting Club, al Barcelona Sporting Club y a la Dirección de Competiciones de Clubes de la CONMEBOL.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL, en el plazo de siete días corridos, a partir del siguiente día a la notificación de los fundamentos de la decisión conforme al Art. 63.3 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. Dicho recurso será sin efecto suspensivo.

El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

Eduardo Gross Brown, Presidente; Amarilis Belisario, Vicepresidente y Cristóbal Valdes Miembro.

FH

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