El presidente de la Federación de Cooperativas de la Producción (FECOPROD), Alfred Fast, expresó su preocupación por la Resolución N° 31/25 del Banco Central del Paraguay (BCP), al considerar que podría “debilitar la institucionalidad del Estado y generar costos adicionales” para empresas y productores agropecuarios.
Según Fast, la normativa sobre gestión de riesgos financieros vinculados al clima repite el esquema de la Resolución 8, cuya aplicación ya había sido cuestionada en los últimos años por su complejidad y por introducir requisitos considerados innecesarios. “La institución por excelencia que debe velar por el medioambiente es el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES). Los productores del sector agropecuario y las empresas ya cumplimos con licencias y normativas ambientales. Sin embargo, la Resolución N° 8 y ahora la 31 añaden trámites, costos y duplican funciones”, afirmó.
El titular de FECOPROD sostuvo además que las nuevas exigencias trasladan a los bancos responsabilidades que corresponden al Estado, lo que obligaría a las entidades financieras a conformar equipos especializados para evaluar riesgos climáticos en cada operación de crédito. “Esto afecta la credibilidad y erosiona la institucionalidad, porque parece poner en duda la validez de las licencias ambientales otorgadas por el MADES”, advirtió.
Fast recordó que los sectores productivos llevan años solicitando la revisión de la Resolución 8 y ahora observan con alarma la Resolución 31, a la que califican como “una duplicación de burocracia y costos”. Para el dirigente, “lo más grave” es que estas disposiciones desdibujan el rol del MADES, que es el encargado de evaluar y otorgar licencias ambientales. “No podemos trasladar esa responsabilidad a los bancos ni crear nuevas cargas innecesarias al sector productivo que es responsable del 70% de las exportaciones”, concluyó.

La posición del Banco Central
Por su parte, el Banco Central del Paraguay justificó la medida señalando que promover la eficacia, integridad y estabilidad del sistema financiero, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de la institución (Ley N° 489/95, modificada por la Ley N° 6104/18).
El BCP subrayó que los riesgos financieros relacionados con el clima deben gestionarse correctamente para evitar impactos adversos sobre la estabilidad del sistema financiero. Recordó que el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea incluyó recientemente en sus “Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Eficaz” la incorporación de estos riesgos, considerados sistémicos para la estabilidad financiera.
Asimismo, la entidad destacó que ya ha emitido medidas transitorias para mitigar los efectos de fenómenos climáticos extremos, como sequías e inundaciones, y sostuvo que la Resolución N° 31/25 se enmarca en esa línea de prevención y prudencia macro y micro financiera.
Con información de RCC