El proyecto de ley “Que garantiza el derecho de niños, niñas y adolescentes a la protección ante el criadazgo”, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, podría sufrir una modificación clave en el Senado: la incorporación de sanciones penales para quienes infrinjan la norma.
Actualmente, el texto prohíbe de forma expresa la práctica del criadazgo, pero no contempla ningún tipo de castigo concreto para quienes la perpetúan. “Ningún niño, niña o adolescente será ocupado en esta actividad. No se considerarán excepciones a esta prohibición y la violación de ésta generará responsabilidades administrativas, laborales, civiles y penales para quienes la infrinjan”, señala el articulado aprobado. Sin embargo, dicha redacción se considera insuficiente, ya que no detalla los alcances ni las consecuencias punitivas ante su incumplimiento.
Frente a este vacío, la senadora Lizarella Valiente ha tomado la iniciativa de reforzar el marco legal incorporando sanciones claras y efectivas. “Esta práctica todavía es muy común en el país. Un decreto la prohíbe, pero no establece sanción, entonces, es como si nada hubiese pasado. Acordamos una nueva reunión con penalistas para que esto sea sancionado (penalizado)”, confirmó la legisladora.
La revisión en la Cámara Alta podría significar un paso decisivo para transformar una ley declarativa en un instrumento con verdadero poder disuasivo y de protección real para los menores expuestos a esta forma de explotación. El criadazgo —una práctica profundamente arraigada en ciertas zonas del país— implica la utilización de niños y adolescentes, generalmente del interior, como trabajadores domésticos informales en condiciones de vulnerabilidad.
Con esta reforma, impulsada por Valiente y respaldada por especialistas del ámbito jurídico, se busca cerrar definitivamente las puertas a una práctica que atenta contra los derechos más básicos de la niñez paraguaya.