El Banco Central del Paraguay (BCP) recordó que este viernes 29 de diciembre fue establecido como feriado bancario por la vigencia del Decreto del Poder Ejecutivo 9131 de 1949, cuyo artículo 1. dispone: “Declárase feriado bancario el último día hábil del mes de diciembre de cada año”.
Las entidades del sistema financiero afectadas deberán habilitar ventanillas, en el horario comprendido entre las 08:45 y 10:45 horas, para la atención al público con vencimientos en dicha fecha.
Las transferencias realizadas a través del Sistema de Pagos Instantáneos (SPI) de hasta ₲5.000.000– podrán ser efectuadas con normalidad.