Un sistema de derechos humanos que se financia con fondos condicionados, que impone estándares no consensuados y que actúa como juez y parte, ha perdido toda legitimidad para exigir obediencia a los Estados. El caso Pochak, comentado ayer en InformatePy, es solo el último de sus escándalos.
El sistema que debía proteger se ha convertido en una amenaza
El SIDH fue concebido como un faro de justicia para la región, o al menos eso nos hicieron creer. Sus órganos, la Comisión y la Corte Interamericanas, debían ser árbitros imparciales, garantes de que los Estados respetaran los derechos fundamentales consagrados en la Convención Americana.
Esa promesa se ha desvanecido.
Lo que hoy tenemos es un sistema capturado: dependiente de fondos externos condicionados, que produce «estándares» no acordados por los Estados, que impone sus interpretaciones mediante una doctrina expansiva del control de convencionalidad, y que actúa con una opacidad que contradice todo lo que exige a los gobiernos de la región.
Un sistema que se ha comportado como «prostituta» de sus financiadores, orientando su agenda y sus decisiones hacia los intereses de quienes pagan la factura.
El diagnóstico: dependencia, condicionalidad y usurpación
La evidencia es abrumadora y está documentada en los propios informes públicos de la CIDH y la Corte IDH:
1. Dependencia crítica de fondos externos: En 2011, España y Noruega aportaban el 36% del presupuesto ordinario de la Corte. En 2013, los fondos específicos representaban el 46% de los ingresos de la Comisión. La crisis financiera de 2016 llevó a la suspensión de audiencias y a la amenaza de despedir a casi la mitad del personal.
2. Condicionalidad de los fondos: La Agencia Española de Cooperación (AECID) financió proyectos para «resolver casos contenciosos sobre discriminación por orientación sexual» y para emitir «opiniones consultivas sobre medio ambiente, derechos indígenas, asilo y no discriminación». Tres opiniones consultivas clave fueron emitidas en menos de un año, inmediatamente después del inicio de un proyecto español.
3. Conflictos de interés estructurales: La Ford Foundation, que contribuye regularmente a la CIDH, también financia a la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto, una de las organizaciones que presentó el caso Manuela vs. El Salvador. La Heinrich Böll Foundation, que financia proyectos de la Corte, apoya a la misma agrupación.
4. Asimetría fundamental: Canadá financia al SIDH pero nunca ha aceptado la competencia de la Corte. España y Noruega financian sin ser Estados Parte de la Convención. Los que pagan el sistema no se someten a él.
5. Usurpación del rol de los Congresos: La doctrina del control de convencionalidad impone a los Estados interpretaciones de la Corte IDH que no derivan de la Convención, que no han sido consensuadas y que colisionan con el derecho interno de los Estados miembros.
¿Qué hay detrás de estos nuevos «estándares»?
El SIDH ha creado una suerte de derecho paralelo: los llamados «estándares interamericanos». Sobre matrimonio igualitario, identidad de género, aborto, medio ambiente, derechos indígenas. Todos ellos promovidos y financiados por actores externos que nunca han sido sometidos al escrutinio de los procesos democráticos de la región.
La CIDH ha llegado a afirmar que los Estados tienen «la obligación» de diseñar e implementar proyectos que busquen «cambios culturales» para garantizar el respeto a personas con orientaciones sexuales diversas. ¿Obligación? ¿Cambios culturales? Nada de eso figura en la Convención Americana.
¿Quién ha dado a la CIDH y a la Corte el mandato de transformar la cultura de los pueblos de América? Ningún tratado, ninguna asamblea, ningún congreso. Solo sus propias interpretaciones expansivas, alimentadas por la agenda de sus financiadores.
La legitimidad del SIDH se ha desmoronado
Un árbitro imparcial debe ser, ante todo, independiente. El SIDH no lo es.
Un tribunal legítimo debe ser percibido como justo y objetivo. El SIDH no lo es.
Una institución que exige transparencia a los Estados debe ser transparente consigo misma. El SIDH no lo es.
La jueza presidenta de la Corte IDH, Nancy Hernández López, negó en enero de 2024 que el tribunal reciba financiamiento condicionado. «Es absolutamente falso», afirmó. El GCHR respondió con un comunicado titulado «La Corte Interamericana miente: sí recibe financiamiento condicionado», desmintiendo punto por punto sus declaraciones con la documentación pública del propio tribunal.
La negación de la evidencia es el último refugio de quienes han perdido la capacidad de autocrítica.
La soberanía de los Estados en juego
El SIDH, como está configurado actualmente, no es un sistema de protección de derechos humanos. Es un instrumento de poder normativo que ataca la soberanía de los Estados miembros, imponiendo decisiones sesgadas que obedecen al financiamiento de terceros Estados extrazona o de actores no estatales.
No es legítimo que se nos imponga el control de convencionalidad cuando los estándares que lo alimentan no han sido consensuados por nuestros congresos ni responden a nuestras realidades culturales, históricas y religiosas.
No es aceptable que países que no se someten a la jurisdicción del SIDH financien la producción de estándares que se nos imponen a nosotros.
No es tolerable que ONGs y litigantes estratégicos, financiados por las mismas fuentes que el SIDH, logren cambios normativos sin pasar por los procesos democráticos de nuestros países.
Es hora de la resistencia jurídica y política
No se trata de abandonar la protección de los derechos humanos. Se trata de recuperar la soberanía de los Estados y la legitimidad de nuestras instituciones democráticas.
La resistencia jurídica y política al SIDH no es una opción radical: es una necesidad. Es el único camino para que el sistema vuelva a ser lo que debió ser siempre: un árbitro imparcial y no un instrumento de agendas externas.
1. No implementar estándares no consensuados: Los Estados deben simplemente no implementar los «estándares interamericanos» que no han sido consensuados y que no derivan del texto expreso de la Convención. Esta es una obligación de los Estados para con sus propias constituciones y sus propios pueblos.
2. Instruir a los jueces nacionales: Los jueces de los Estados miembros deben aplicar el control de convencionalidad solo cuando las interpretaciones de la Corte IDH se ajusten al texto expreso de la Convención. Las interpretaciones expansivas y no consensuadas deben ser desconocidas.
3. Promover la cooperación regional alternativa: Los Estados deben promover mecanismos de cooperación regional en materia de derechos humanos que no pasen por el SIDH y que respeten la soberanía de los Estados, el principio de no intervención y el margen de apreciación de las particularidades nacionales.
4. Exigir transparencia y rendición de cuentas: Los Estados deben exigir a la CIDH y a la Corte IDH la publicación de todos los acuerdos de financiamiento con donantes externos, con detalles de montos, proyectos y condiciones. Si no lo hacen, los Estados deben suspender sus contribuciones voluntarias al sistema.
5. Evaluar la denuncia de la Convención Americana: Si las reformas no se implementan en un plazo razonable (3-5 años), los Estados deben evaluar seriamente la denuncia de la Convención Americana y la creación de un sistema alternativo de protección de derechos humanos, con reglas claras, financiamiento estable y controles democráticos.
El SIDH ha perdido su legitimidad. Se ha convertido en un instrumento de poder normativo al servicio de agendas externas, financiado por actores que no se someten a su jurisdicción, que impone estándares no consensuados y que usurpa el rol de los Congresos nacionales.
No es un sistema legítimo. No es un árbitro imparcial. No merece nuestra obediencia automática.
Es hora de pensar seriamente en la resistencia jurídica y política al SIDH. Es hora de recuperar la soberanía de los Estados y la legitimidad de nuestras instituciones democráticas. Es hora de decir: basta.
Los derechos humanos son demasiado importantes para dejarlos en manos de un sistema capturado. La democracia es demasiado valiosa para permitir que sea usurpada por una burocracia internacional que no rinde cuentas a nadie.
La resistencia al SIDH no es un acto de rebeldía. Es un acto de responsabilidad con nuestros pueblos y nuestras constituciones.




