Una vez más, desde sectores que se dicen “liberales”, se pretende imponer controles estatales sobre la actividad privada, en abierta contradicción con la Constitución Nacional y los principios fundamentales de la economía de libre mercado.
El proyecto de Ley presentado por el senador Ever Villalba (“Que establece un régimen de protección al consumo interno de cortes populares de carne y establece un porcentaje máximo de renta”) plantea “un régimen de protección al consumo interno de carne bovina, fijando un máximo de hasta el 10% en el margen de utilidad sobre el costo comprobado de producción y distribución de tres cortes populares: costilla, puchero y carnaza de primera”. Además, el artículo 2 de la propuesta establece como finalidad “promover el equilibrio entre rentabilidad privada y justicia social”.
Sin embargo, este intento de fijar topes porcentuales a las utilidades legítimas de frigoríficos y comerciantes constituye una forma encubierta de control de precios, en clara contradicción con los principios de libertad de empresa, derecho a la propiedad y libre concurrencia.
Villalba intenta justificar su iniciativa afirmando que “este proyecto no fija precios rígidos, sino que establece un porcentaje máximo en la utilidad, para tres cortes populares, protegiendo el acceso a la carne en sectores vulnerables sin vulnerar la libertad de comercio”. Pero el argumento es falaz: establecer límites a las ganancias es, en sí mismo, una intervención arbitraria que condiciona directamente la formación de precios en el mercado.
Más preocupante aún es que el proyecto propone que el Poder Ejecutivo “otorgue incentivos fiscales, logísticos y comerciales a frigoríficos y comercios, especialmente a aquellos con distribución en zonas vulnerables o rurales”, abriendo la puerta a un esquema de subsidios selectivos y discrecionales. Como si fuera poco, se añade que “se promueven incentivos para quienes colaboren activamente con el Estado en esta política de justicia alimentaria”, sin definir qué implica dicha “colaboración activa”, dejando margen a interpretaciones peligrosas y mecanismos de presión o favoritismo político.
Además, este tipo de legislación viola principios esenciales consagrados en la Constitución Nacional del Paraguay, entre ellos:
- Artículo 107 – De la libertad de concurrencia: “Toda persona tiene derecho a dedicarse al comercio, la industria o a ejercer una profesión lícita, sin más requisitos que los establecidos por esta Constitución y las leyes.”
- Artículo 109 – De la propiedad privada: “Se garantiza el derecho a la propiedad privada. […]”
- Artículo 46 – De la igualdad de las personas “Todos los habitantes de la República son iguales en dignidad y derechos.”
- Artículo 47 – De las garantías de igualdad “La ley no podrá establecer privilegios ni discriminaciones arbitrarias.”
Imponer un tope fijo a la rentabilidad de determinadas actividades no sólo desincentiva la inversión y la eficiencia, sino que crea una clara desigualdad jurídica entre sectores. Una medida como esta podría incluso ser considerada confiscatoria, ya que restringe gravemente la libertad de fijar precios en función de los costos reales, el riesgo asumido y la dinámica del mercado.
El proyecto de Villalba revela una visión intervencionista y estatista que desconoce el funcionamiento básico de los mercados y las leyes económicas. Muy lejos de proteger a los consumidores, lo que este tipo de medidas generan es desabastecimiento, informalidad y distorsión en los incentivos de producción.
En momentos en que Paraguay necesita más inversión, más competitividad y más formalización, este tipo de propuestas legislativas populistas son un retroceso ideológico y económico.