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Home Analisis

La antijuricidad del feminismo

by Redacción
4 de agosto de 2022
in Analisis
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La antijuricidad del feminismo
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Por Nicolás Aquino Krauer

Como es bien sabido el feminismo contemporáneo cuenta con todo tipo de propuestas subversivas desde incluso lo biológico, la política, la economía, la sociedad, hasta lo legal, usando este último como estrategia común para lograr “legitimarse” de un marco jurídico en cada país que ingresa.

Si bien el ordenamiento jurídico paraguayo está profundamente atravesado por el positivismo Kelseniano (el mismo que avalo el régimen Nazi) no excluye el hecho que en la práctica a través de sus leyes nuestra legislación proteja ciertos principios morales, tanto como en la Constitución misma o ciertas codificaciones a través de sus artículos. No quiero caer en la injusticia de generalizar a todo el feminismo (entendiéndose este como la reivindicación justa del derecho de las mujeres, ya conquistada en su totalidad en Occidente) sino recalcar en el feminismo contemporáneo o conocido comúnmente de tercera ola, en donde se podría ubicar a De Beauvoir como precursora de esta, y como esta última ola atenta contra nuestros principios del orden jurídico vigente y su incompatibilidad con la misma.

Para el feminismo contemporáneo no existe un ámbito privado que resguardar, la intimidad privada debería de ser objeto de regulación del Estado, fácilmente esta noción dentro de las filas feministas se la podría adjudicar a Kate Millet con su libro Política Sexual (1969), en donde establece que el sexo reviste un cariz político ya que a lo largo de la historia un sexo particularmente fue el que siempre dominó tanto social como políticamente (patriarcado), concluyendo con la tan célebre frase “Lo personal es político”, dando a entender que algo tan intimo como lo sexual es competencia del Estado. Es muy claro como ver como esta propuesta choca directamente con el derecho a la intimidad que la Constitución resguarda en su Art 33, en donde directamente dicta “que el respeto a la vida privada es inviolable”.

Otra bastante influyente tanto para su época como para las propuestas actuales del feminismo es Andrea Dworkin, quien sostiene que: “El matrimonio es una licencia legal para la violación”, generando toda una tradición de repulsión hacia el mismo dentro de sus filas, es más cualquiera que impulse estas ideas de manera a otorgarle un marco jurídico y no atente contra la institución del Matrimonio o busque relativizar los términos de este (matrimonio homosexual), estará incompleto en términos ideológicos. Es tal la dependencia de esta propuesta para la esencia del feminismo actual, que cualquier propuesta legislativa feminista tendrá por añadidura el debilitamiento de esta Institución como tal.

Asimismo, otra propuesta bastante importante y que constituye casi una esencia del feminismo actual, por la dependencia que tienen sus otras propuestas de esta, es el debilitamiento de la familia como institución (directa o indirectamente). La noción básica que se tiene acerca de esta institución en la ideología de este movimiento es que la familia vendría a constituir una relación de poder y opresión de un sexo sobre el otro más que una de colaboración, donde indefectiblemente la mujer siempre sale perdiendo, y como fue la institución que más perduro a través de lo largo de la historia es este quien produce y reproduce el patriarcado. Su origen se podría ubicar en Simone de Beauvoir en el Segundo Sexo (1949) y como remarcaba constantemente en el hecho de que el rol cultural de la mujer siempre fue el de oprimida e incluso esta opresión se daba en la maternidad, embarazo y el parto (aspectos tan básicos para constituir una familia), de manera que el blanco directo de toda su tesis es la familia y su rol en la sociedad. Cabe aclarar que es con este tipo de ideas donde el feminismo encuentra su punto de inflexión más grande a nivel jurídico por su incompatibilidad con lo que la Constitución reconoce como “el fundamento de la sociedad” en su Art 49 y con sus otros 12 artículos que protegen, avalan y promocionan la familia.

A modo de concluir, es clave reconocer que en el grueso de la sociedad sigue el pensamiento falaz de que el feminismo es única y exclusivamente un movimiento en defensa de los derechos de la mujer y que el rol del reconocimiento de la mujer es competencia exclusiva del mismo, partiendo de esa premisa generalizada es que con tanta facilidad se logran colar en nuestro sistema jurídico y conseguir adherentes no con mayor dificultad. Pero lo que si no es extremamente divulgado por los medios es que estas ideas y personas que lo legislan parten de una agenda bien remarcada y financiada, inspiradas en su mayoría con autores como los mencionados anteriormente. Consecuentemente hasta personas bien intencionadas caen en este tipo de relatos sin conocer de fondo la implicancia histórica de este movimiento que más que defender a la mujer lo destruye en nombre de la misma mujer atentando contra su propia esencia

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