El Decreto N° 5.790 del “Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General en el territorio nacional”, entrará en vigencia este martes 10 de agosto e irá hasta el 24 de agosto.
Se mantiene la circulación de los ciudadanos desde las 05:00 horas hasta las 01:00 horas.
Asimismo, los ámbitos: gastronómicos, eventos sociales, culturales, de culto y actividades físicas; continuarán con las mismas medidas dispuestas en los anteriores decretos.
La novedad en el decreto es que todos los funcionarios públicos tendrán horario laboral de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas. Además, se elimina la obligatoriedad de trabajar en cuadrillas, la modalidad de teletrabajo y el grupo de vulnerabilidad en el sector público.
Es importante mencionar que se exceptúa de esta disposición a los funcionarios y empleados públicos que prestan servicios médicos o para el sistema de salud, los funcionarios afectados a los servicios públicos imprescindibles para la comunidad, a aquellos funcionarios de entidades rectoras que administran recursos a nivel nacional y de las instituciones prestadoras de servicios a los sectores productivos del país.
Por otra parte, las instituciones educativas estarán sujetas al “Protocolo y guía operativa para el retorno seguro a instituciones educativas 2021” en lo referente a la autorización a docentes para asistir de manera presencial en todas las instituciones educativas en donde cumplen funciones.
Sin embargo, las instituciones de educación superior seguirán con la modalidad de educación a distancia. Podrán implementar las clases semipresenciales conforme al protocolo aprobado por el Ministerio de Salud, siempre y cuando cuenten con el parecer favorable del CONES.