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Colegio de Abogados advierte que la ley no contempla recuento de votos

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El Colegio de abogados del Paraguay emitió un comunicado en el que explican jurídicamente la posición respecto al reclamo de la apertura del llamado “sobre 4”, que contiene las papeletas de votación, utilizadas o no, en los comicios.

En el escrito, el Colegio de Abogados señala textualmente que “todo el proceso electoral de nuestro país se rige por mandatos y normas constitucionales y legales. En el Paraguay, el voto es individual y secreto, pero el escrutinio es público y fiscalizado, según lo impone el art. 118 de la Constitución. Por su parte, la legislación que regula los procesos electorales establece que dichas etapas tienen plazos perentorios e improrrogables”.

Mas adelante, indican que las normas electorales establecen que «el conteo se realizará de manera continua, ininterrumpida y a viva voz, y que una vez concluido el proceso de conteo se la oportunidad para que los miembros de mesa o veedores objeten cualquier tipo de irregularidad que hayan percibido, luego de ello, todo lo anteriormente indicado e plasma en actas que son guardadas en sus respectivos sobres”.

Acota asimismo en su parte principal que “en el sistema electoral paraguayo no existe la figura del recuento de votos posterior al escrutinio cuyo resultado se halla estampado en las respectivas actas electorales, la etapa que legalmente corresponde llevarse adelante es el del juzgamiento de la validez de las respectivas actas de mesa. Cualquier tipo de cambio al sistema electoral, requiere una modificación legislativa o en su caso, constitucional”.

Finalmente, el Colegio de Abogados insta a los partidos, movimientos, actores políticos y ciudadanía en general a respetar el proceso electoral en marcha.

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