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CASO SACERDOTE OLMEDO: Justicia Vergonzante

La jueza Dina Marchuk alegó que decidió absolver de culpa y pena al sacerdote Silvestre Olmedo porque no era el jefe de la catequista de la parroquia San José de Limpio que lo denunció por acoso sexual. También aseguró que para configurarse dicho tipo penal debe ser reiterativo el hostigamiento.

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Silvestre Olmedo

En entrevista con la radio Monumental, la jueza Dina Marchuk alegó que decidió absolver al sacerdote Silvestre Olmedo por el supuesto acoso sexual al analizar el tipo penal por el cual fue acusado por la Fiscalía. “No tomé partido con ninguna de las partes. Hay fallos que no satisfacen a la prensa o redes sociales, pero no es culpa del Tribunal, sino del Ministerio Público que debe demostrar con pruebas su acusación”, dijo.

Argumentó que el caso no se enmarcó en el artículo 133 del Código Penal, porque no existía una relación vertical y de dependencia jerárquica. “Ella trabajaba como voluntaria (la denunciante), no había dependencia jerárquica (con el sacerdote). El cura no era su jefe porque la persona era voluntaria, trabajaba gratuitamente y no cobraba. No hay subordinación y no se puede argumentar que el sacerdote se haya aprovechado de eso”, acotó.

La magistrada dijo que está tranquila porque obró conforme a la Ley, al mencionar que el acoso debe enmarcarse en un constante hostigamiento y persecución. “Todo el mundo opina, pero la gente no entiende de leyes y se vuelve una situación popular. Existían dos bandos: uno a favor de Alexa y otro del cura párroco. ¿El juez tiene que fallar como dice la prensa, redes sociales o grupos interesados? No”, agregó.

En cambio su colega Leticia de Gasperi sí consideró que se encuentra configurado el delito penal porque había una relación de superioridad del cura párroco sobre Alexa.

En tanto que el tercer juez Hugo Segovia reconoció que si bien el religioso manoseó a la víctima, eso no era suficiente para que sea un hostigamiento o acoso sexual.

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